Seminario Web “Justicia Constitucional en la Nueva Constitución”
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¿Cuál es el modelo de Justicia Constitucional que deberíamos tener?

El último seminario CED trató sobre Justicia Constitucional, en el que participaron el constituyente por el distrito 6, Ruggero Cozzi, la Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Miriam Henríquez, y académico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Patricio Zapata. 

¿Debería existir el Tribunal Constitucional en Chile? ¿Cuál es el modelo de Justicia Constitucional que podemos tener?¿Qué modificaciones deberían hacerse al ejercicio de la Justicia Constitucional?

Estas son algunas de las preguntas que sustentaron el Seminario sobre “Justicia Constitucional en la Nueva Constitución” –organizado por el Centro de Estudios del Desarrollo, en conjunto con la Fundación Konrad Adenauer-, en el que participaron como expositores, Miriam Henríquez, Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Patricio Zapata, abogado y académico de la Pontificia Universidad Católica de Chile y Ruggero Cozzi, constituyente por el distrito 6, y como moderador, Claudio Pérez, Director Ejecutivo del CED. 

Los panelistas tuvieron como punto de partida un diagnóstico crítico de lo que sucede actualmente en el país, analizando las debilidades y cuestionamientos que han surgido en los últimos años a propósito del Tribunal Constitucional y sus facultades

El académico Patricio Zapata, planteó que le preocupa “la dignidad de la Ley”, en el sentido que “debe fortalecerse a los órganos que participan en la generación de la Ley; como manifestación de la voluntad del pueblo, como un espacio en el que participamos todos, como un espacio más transparente, no afectado ni capturado por intereses”. 

Y añadió que le inquieta la “concentración de poder en el Ejecutivo” y también “la debilidad del Parlamento”; en ese sentido, propuso que el TC esté directamente ligado con el tipo de Congreso y explicó que “un parlamento más fuerte, probablemente trae un tribunal más Kelseniano (o modelo europeo)”. 

En tanto, prefirió no optar por un sistema de control difuso, “porque un sistema de este tipo, como el que tiene EEUU, India, Japón y Argentina, le da la posibilidad a los jueces de cuestionar una decisión legislativa”. En cambio, postuló que “un sistema de control de constitucionalidad concentrado, puede ser un poco más deferente con las decisiones legislativas”.

 

En contraste, la académica Miriam Henríquez, comentó que “probablemente en la Nueva Constitución se mantenga la Justicia Constitucional, concentrada en el TC” y que entre las opciones de la discusión, está “eliminar el control previo de constitucionalidad en general o limitar ciertas atribuciones”, inclinándose por la segunda alternativa. 

Y agregó que “si la intención es eliminar el control previo, mi punto es considerar tres situaciones que logre -más que eliminarlo-, limitar el control previo de constitucionalidad a esos casos”. 

La Decana de Derecho UAH, estableció en un primer punto “que perviva un control previo y facultativo de los proyectos de ley, respecto de los vicios de forma”; en un segundo caso, “que permanezca un control previo y facultativo de los vicios de forma de los proyectos de reforma constitucional” y por último, “que persista en la Nueva Constitución, un control previo y obligatorio de los tratados internacionales antes de su ratificación”. 

Por otro lado, el constituyente y abogado Ruggero Cozzi, puso en perspectiva la situación, desde una mirada más política: “estamos en un cambio que es ‘Copernicano’. Debemos poner énfasis en dos lógicas que van a estar presentes en la discusión constitucional; una es la discusión jurídica y otra es la discusión evidentemente política”. 

Y postuló que hay dos clivajes que se instalaron en la actualidad; la lógica refundacional, de privilegiar “lo nuevo” y la lógica de “élite-pueblo”. “No es casual el rol que está jugando la Lista del Pueblo; no es casual los perfiles de los convencionales constituyentes que entraron a la convención, que vienen de escuelas, liceos que no son los que se asocian tradicionalmente a la élite. Gente de regiones, con historia, que promueven causas, que empatizan con las necesidades del -que podríamos denominar a grandes rasgos- el pueblo chileno”, manifestó el convencional.

Además, agregó que “estamos haciendo un trabajo de construir una Nueva Constitución para el siglo XXI y normativamente es importante que esa Constitución esté en la cúspide del ordenamiento jurídico, y que, efectivamente esa jerarquía normativa se traduzca en que las leyes y demás normas del ordenamiento jurídico se ajusten a él”. Y recalcó que “si vamos a velar por la supremacía constitucional, alguien tiene que hacerlo”. 

“Conceptualmente creo que tener una corte especializada ha demostrado varias bondades y virtudes. Y uno compara los fallos de la Corte Suprema en los requerimientos de inaplicabilidad versus lo que son hoy los fallos en el TC en esa materia y la diferencia es abismal”, cerró el constituyente, Ruggero Cozzi. 

Puedes escuchar completo el Seminario en el siguiente link: https://youtu.be/r8sGGUTfJfc