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Entrevista a Eva Sáenz, Doctora en Derecho

Esteban Szmulewicz, abogado, experto en descentralización y académico de la Universidad Católica del Norte, junto a Ariel Malla, licenciado en ciencias jurídicas -ambos investigadores del Centro de Estudios del Desarrollo- realizaron una entrevista a la Doctora en Derecho, Eva Sáenz Royo.

Eva Sáenz es una exponente del proceso político y académico español, particularmente en cuestiones vinculadas al regionalismo y la forma de Estado. Actualmente es profesora titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Zaragoza, en España. Además, es autora de distintas publicaciones, pero destacamos especialmente: “Estado social y descentralización política: una perspectiva constitucional comparada de Estados Unidos, Alemania y España”; “Desmontando mitos sobre el Estado Autonómico”; “La reforma del Estado de los partidos; y “Referéndums y consultas populares en el Estado autonómico”. La abogada constitucionalista fue también diputada nacional en el Congreso de los Diputados en España y fue ponente de la reforma del estatuto de Autonomía de Aragón.

Eva Sáenz explicó la diferencia del bicameralismo asimétrico del simétrico, desde la experiencia comparada.

En ese sentido, la constitucionalista habló desde la experiencia en su país y comentó que “el mantenimiento del Senado en la Constitución del ’78, se explica en gran parte por la transición política por una razón de carácter coyuntural: asegurar la continuidad de algunos procuradores franquistas que aprobaron la Ley de la reforma política” y agregó que “la figura del Senado es básicamente una Cámara que está subordinada al Congreso de los Diputados, en el ejercicio de su potestad legislativa y que duplica la representación política en el Congreso, y que no está vertebrada por los partidos políticos, sino por los territorios”. Esto, según Sáenz, sería un ejemplo de bicameralismo asimétrico. 

Y añadió que en España el Senado “no condicionó el proceso de descentralización ni lo condiciona actualmente”, argumentando además que el bicameralismo en general, en su país, está muy critica y puesto en duda en el derecho comparado.

En tanto, comentó también que “hay en otros Estados donde existe lo que es el ‘federalismo simétrico’, donde las funciones legislativas están en paralelo con las primeras Cámaras, por ejemplo, el caso de Australia, Suiza o Alemania; en estos casos efectivamente el Senado cumple una función, pero es una ‘función disfuncional’, en el sentido de que puede bloquear a la primera Cámara”.

En relación a la discusión que existe actualmente en la Convención Constitucional, sobre cómo pueden los entes territoriales participar en la decisión estatal; la abogada explicó que “el Senado no sirve para ello, porque en todos los Senados que existen en todos los Estados del mundo, se estructuran a partir de los partidos políticos; es decir, se vota por partido políticos y no por territorios, con lo cual, el Senado no está funcionando realmente como una Cámara que está participando en la decisión federal o en la decisión nacional”.

Revisa la entrevista completa aquí.