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Seminario Descentralización en la Nueva Constitución

¿Cómo se debería abordar la descentralización en la nueva Carta Fundamental? En el seminario realizado el 24 de agosto, los panelistas respondieron esa pregunta desde sus distintas veredas; participaron el abogado y académico de la Universidad Católica del Norte, Esteban Szmulewicz, la investigadora principal del Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural (Rimisp), María Ignacia Fernández, y el constituyente por el distrito 7, Raúl Celis.

¿Cuáles son los dilemas de la descentralización en Chile? ¿Cómo se debería abordar este concepto en la nueva Carta Magna? ¿Descentralización o equidad territorial?

Estas son algunas de las preguntas que sustentaron el Seminario sobre “Descentralización en la Nueva Constitución” –organizado por el Centro de Estudios del Desarrollo, en conjunto con la Fundación Konrad Adenauer-, en el que participaron como expositores, el abogado, académico de la Universidad Católica del Norte, sede Coquimbo e investigador del Centro de Estudios del Desarrollo, CED, Esteban Szmulewicz, la investigadora principal del Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural (Rimisp), María Ignacia Fernández, y el abogado, Ex intendente de Valparaíso y constituyente por el distrito 7, Raúl Celis, y como moderador, Javier Cifuentes, investigador del CED.

En la instancia, partió con la exposición Esteban Szmulewicz, quien realizó un breve diagnóstico sobre el centralismo del país y expuso las alternativas que se pueden generar a partir distintas opciones que presenta la cuestión de la descentralización, que además, abarca muchas perspectivas, no solo la organización territorial del Estado y de la administración.

En tanto, puso en contexto la situación, considerando los procesos electorales recientes; desde el plebiscito hasta la “mega” elección de mayo, en la que se eligió de forma inédita a los gobernadores regionales y los representantes que escribirán la nueva Constitución. 

Entre los dilemas que el académico de la Universidad Católica del Norte logra dilucidar en torno a la descentralización,  hay uno histórico, que ha estado dado a nivel regional -uno con escaso desarrollo en el país- en contraste con el desarrollo que ha ocurrido a nivel comunal que ha sido bastante mayor. Sin embargo, también evidencia los déficit constitucionales, legales y de políticas públicas que existen en los gobiernos locales.

Además, Szmulewicz comenta que el contexto ha cambiado fuertemente a partir de los últimos dos años: “después del estallido social, aparece aún con mayor fuerza que antes las demandas por descentralización y equidad territorial; y aquí un solo indicador: cuatro de las cinco comunas en donde la votación del apruebo en el plebiscito de octubre fue más alto, son  comunas que habitualmente denominamos zonas de sacrificio”.

El expositor recalcó además la importancia de analizar cada territorio en sus distintos contextos: históricos, económicos, climáticos, entre otros para poder lograr una equidad territorial adecuada y funcional y plantea una “descentralización cooperativa”, adaptándolo a un estado unitario, “con instituciones de colaboración, con mecanismos financieros solidarios, con mecanismos administrativos como convenios entre los distintos niveles de gobierno”. 

En tanto, María Ignacia Fernández, recordó cómo la Constitución actual aborda la descentralización en sus distintos pasajes; en el capítulo 1, artículo 3, de la Constitución, según señala la panelista, “La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizado, o desconcentrado en su caso, de conformidad a la ley” y añade que “ Los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y del territorio equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional”. 

Por otro lado, de acuerdo al capítulo 14 de la Constitución, la investigadora de Rimisp, explica que “la administración interior del Estado que establece las autoridades regionales, provinciales y locales, funciones, atribuciones y mecanismos de selección; define las competencias del gobernador regional y el delegado presidencial; y las normas que regulan los mecanismos para transferir competencias”. 

Entre los principios rectores que debieran pensarse para la Nueva Constitución, Fernández expone “un modelo de Estado adecuado a las características y desafíos que enfrenta Chile y sus territorios”; “regionalización para un desarrollo con cohesión territorial y cierre de brechas interregionales”; “Gobierno central y regiones autónomas como partes integrantes del modelo; y “reconocimiento de situaciones especiales”.

Por último expuso el constituyente por el distrito 7, Raúl Celis y manifestó que “una de las decisiones básicas de cualquier texto constitucional es la relación entre el territorio y el poder” y agregó que “la tradición constitucional chilena ha estado dominada por el estado unitario centralizado y el presidencialismo”. 

En datos, el convencional argumentó que el año 2017, el gasto de los gobiernos locales representó un 13% del total del gasto público en el país, mientras que en los países de la OCDE, este gasto representó un 40%. Por otro lado, añadió que “en el caso de las intendencias regionales el gasto es de un 8% del nivel regional”. 

Como definición Celis reiteró que “descentralizar no es un fin en sí mismo, sino más bien un medio que busca privilegiar la eficiencia y la optimización de los recursos disponibles que son por definición siempre escasos” y enfatizó en que “el foco debe estar puesto en las comunidades locales”. 

Entre las propuestas, el ex intendente, promovió un “Estado unitario, sobre un territorio único e indivisible, descentralizado a nivel político, administrativo y fiscal”; “consagrar ciertos principios que deben informar todo el proceso de descentralización política y administrativa (autonomía, subsidiariedad y diferenciación territorial, entre otras)”; y “potenciar el desarrollo de los gobiernos locales, orientando hacia ellos esfuerzos y recursos”, entre otras iniciativas.

Puedes revisar el contenido del seminario aquí